Estados Unidos flexibiliza operaciones energéticas y logísticas en Venezuela

El Departamento del Tesoro de Estados Unidos, a través de la OFAC, ha emitido un nuevo marco regulatorio mediante las licencias generales 46A, 48 y 30B. Estas disposiciones reordenan las operaciones petroleras, portuarias y aeroportuarias en Venezuela, permitiendo una apertura controlada en sectores estratégicos sin levantar las sanciones al régimen ni a PDVSA.

La Licencia 46A faculta a empresas estadounidenses (constituidas antes del 29 de enero de 2025) para comercializar, refinar y transportar crudo venezolano. Por su parte, la Licencia 48 autoriza la exportación de bienes y tecnología para la producción de hidrocarburos, mientras que la 30B asegura la operatividad de puertos y aeropuertos.

Restricciones y Control Financiero

A pesar de la flexibilización, Washington mantiene un control estricto bajo las siguientes condiciones:

  • Jurisdicción: Todos los contratos deben regirse por leyes de EE. UU. y resolverse en sus tribunales.
  • Fondos Congelados: Los pagos a entidades sancionadas deben dirigirse a cuentas especiales controladas por el gobierno estadounidense.
  • Exclusiones Geopolíticas: Se prohíben terminantemente operaciones con Rusia, Irán, Corea del Norte o Cuba, así como transacciones con empresas bajo control chino o el uso de criptomonedas y oro.

Este movimiento busca dinamizar el flujo energético global bajo una supervisión técnica y legal rigurosa, limitando el margen de maniobra financiero del gobierno venezolano.

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