
En una resolución sin precedentes fechada el 13 de marzo de 2026, la Sala de lo Constitucional de El Salvador (proceso 57-2025) estableció los criterios éticos y legales para el uso de la Inteligencia Artificial (IA) generativa en instituciones públicas y tribunales. El caso surgió tras detectar que una demanda ciudadana fue redactada íntegramente por IA, evidenciado por el uso de prompts y respuestas automatizadas en el texto.
La Sala reconoció que, si bien la IA puede agilizar trámites y reducir la corrupción en la administración pública, su implementación conlleva riesgos de discriminación algorítmica y sesgos. Por ello, el tribunal fue enfático: en el ámbito judicial, toda persona conserva el derecho fundamental a ser juzgada por un juez humano y asistida por un procurador humano.
Principios para una IA Responsable
Para equilibrar la innovación con la protección de derechos como el honor y la intimidad, la Sala definió una hoja de ruta basada en los siguientes pilares:
- Supervisión Humana Obligatoria: La automatización nunca debe sustituir el criterio jurídico.
- Transparencia y Verificación: Los sistemas deben ser auditables para evitar errores.
- Ética y Privacidad: Protección estricta de los datos de los ciudadanos.
- Adaptación Constante: Los marcos legales deben evolucionar con la tecnología.
Esta sentencia marca un hito en la modernización del Estado, garantizando que el avance tecnológico no atropelle las garantías constitucionales de los salvadoreños.